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La ley que lleva el nombre de la poblana Olimpia Coral Melo Cruz, sanciona el acoso hostigamiento y difusión de contenido sexual en plataformas de internet o redes sociales.
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Con la ley Olimpia se sancionarán con penas de 3 a 6 años de prision y multa
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Esta ley define a la violencia mediática como todo acto a través de cualquier medio de comunicación que directa o indirectamente haga apología de la violencia contra las mujeres, niñas y adolescentes.
Además que promueva estereotipos sexistas, que produzca o permita difusión de discurso de odio sexista, discriminación de género así como agresiones en contra de mujeres en medios de comunicación.
Esta ley fue impulsada por la poblana, originaria de Huauchinango, municipio ubicado en la sierra norte del estado y quien fue víctima de ciber acoso y exposición mediática a raíz de un video sexual grabado con su ex novio y que posteriormente fue difundido .
Olimpia luchó junto con otras mujeres que vivieron experiencias similares e iniciaron esta dura “batalla”desde el 2014.
En 2018 se aprobó la reforma contra la intimidad sexual en el Código penal del Estado y ahora dos años después, el Senado de la República, aprueba esta ley para castigar a quienes acosen, intimiden , difundan contenido íntimo sin consentimiento, violenten de manera digital, extorsionen, amenacen en contra de las mujeres en el país.